En base al Reglamento Dictado en conformidad al art. 1° de la Ley N°21.327, la cual moderniza la Dirección del Trabajo, informamos de las principales disposiciones, relativas a los datos y documentación que los empleadores deben mantener en el Registro Electrónico Laboral.
Las funciones y atribuciones de la Dirección del Trabajo se han ido modificando durante el transcurso de los años. Originalmente, las funciones se establecieron en el DFL N° 2 de 1967. Entre ellas estaban las siguientes:
Posteriormente y a raíz del desarrollo político – social se han ido incorporando nuevas funciones que se mencionan a continuación:
Podemos definir finalmente que las funciones de la Dirección del Trabajo se pueden dividir entre funciones fiscalizadoras, interpretativas, sancionadoras, informativas, como Ministro de Fé, Conciliadoras y Mediadoras, Intervenir de Buenos Oficios y Asistencia Técnica.
En GENERA la digitalización de las empresas ha sido por más de 30 años nuestro eje conductor.
Desde 2016, los sistemas Genera son sometidos a control por parte de la dirección del trabajo. En cuanto a asistencia la certificación con la normativa 1140/27 y 5849/133 los cuales establecen la idoneidad de nuestros sistemas para esta nueva etapa.
Asimismo, nuestra plataforma de Carpeta Laboral Electrónica es una herramienta que le ayudará a enfrentar la nueva legislación con mayor seguridad. Al mismo tiempo, a organizar con firma electrónica los procesos de recursos humanos de su empresa.